Se notifica a los partidos y a la Junta Central Electoral para ejecutar acciones
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| Abogados que participaron de la audiencia en el Tribunal Constitucional. (DANELIS SENA - DIARIO LIBRE |
A partir de ahora, la sentencia será notificada a los partidos políticos y a la Junta Central Electoral para que ejecuten lo dispuesto por el tribunal contencioso y administrativo con relación a cuál de los partidos ocupará ahora la posición tres de las boletas de las elecciones que se celebrarán en febrero.
Más temprano el presidente de la junta, Julio César Castaños Guzmán, se pronunció. Dijo que están a la espera de la sentencia para proceder con la impresión de las boletas electorales.
Adelantó que una vez tengan la sentencia, el pleno de la junta se reunirá para tomar las decisiones de lugar. Consideró que, aunque manejan un retraso con las impresiones, los mismos son reparables.
No resuelve el fondo
Al recibir la decisión del Tribunal, el delegado político del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) ante la JCE, Tácito Perdomo, dijo que la decisión no resuelve el fondo de la contestación. Es una decisión provisional que se limita a suspender los efectos de la resolución 34, no a evaluar su validez frente al ordenamiento jurídico. No resuelve tampoco el recurso de revisión depositado por el PRD en fecha 14 de diciembre de 2019.
Expresó que la JCE tiene potestad administrativa y organizatoria en el devenir del proceso electoral. “Sus poderes son plenos y de naturaleza discrecional. Una discrecionalidad de carácter político. Esta discrecionalidad supone para la JCE una libertad para decidir lo que entienda conveniente y oportuno para la buena marcha del proceso electoral, sobre todo en ámbitos que, como el punto del número de la casilla, no tiene una regulación específica y concreta en la legislación electoral vigente”, dijo Perdomo.
Consideró que el tema en cuestión es competencia única y explícitamente del pleno de la JCE, “pues un tribunal de justicia no puede sustituir a la administración electoral”.


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